martes, 13 de febrero de 2018

unifamiliar en PARQUE EMPRESARIAL, Las Rozas de Madrid

PROMOVAL Ci
vende vivienda en exclusiva unifamiliar en el parque empresarial de Las Rozas
junto a la zona comercial del heron city-las rozas village-factory y a un paso de la dehesa de Navalcarbón y del europolis.

muy bien comunicada: salida directa a la a6 y cercana a renfe-
excelente ubicación, con todos los servicio a tu alcance: colegios, super, farmacia, biblioteca, cines, restaurantes, librerías, .

vivienda de 262m2 distribuida con 5 dormitorios y 5 baños, amplio salón-comedor de 40m2 con chimena, varias terrazas con vistas panorámicas al campo,.. .
buhardilla diáfana 20m2 y semisótano con garaje, zona de servicio y salón de verano.

garaje para 2 coches.

memoria de calidades: a/a, alarma, mucha luz,.. .
antiguedad: 2002
situada en urbanización con zonas verdes, áera infantil y piscina.






comercializa PROMOVAL Ci
... tenemos la casa que buscas...
residencial@ci-lasrozas.com
647955744


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chalet independiente en LAS MATAS/PEÑASCALES


PROMOVAL Ci 
vende vivienda unifamiliar independiente en parcela de 1.025m2
Vivienda ideal para una familia en un entorno muy agradable (próximo al Pardo y al casco de Las Matas).




Chalet independiente de 400 m2
Exterior fachada hecho de ladrillo hidrófugo (4 capas) y gresificado al igual que las tejas.
Antiguedad: 2001.

La distribución (aunque tiene 2 plantas de 200 m2) en una sola planta, hacen de esta vivienda, una vida muy cómoda y práctica en el día a día.

Planta principal: amplio hall de 22m2, 5 dormitorios (principal en suite con bañera hidromasaje y vestidor), 3 baños completos, salón 36m2 en doble altura, cocina+office 15.25m2, tendedero-lavadero y despensa.

Planta semi-sótano: en su mayoría a nivel de suelo, compuesta por bodega/salón de verano a doble altura, cuarto de caldera (gasóleo) y garaje. El resto de la planta, 120 m2 aprox, diáfanos en bruto sin solar ni enfoscar, dónde los nuevos propietarios tendrán un amplio abanico de posibilidades: apto independiente o una zona de ocio: piscina climatizada/gym/sala de juegos/ etc.
una mejora a la casa a gusto del consumidor, ampliando considerablemente el valor de la inversión.

La carpintería de toda la vivienda es blanca lacada.

excelentes vistas. todas las orientaciones!
no hay gastos de comunidad.
certificación energética "C"

muy buena ubicación/comunicación: colegios cercanos (Los Peñascales y Los Sauces) y el centro urbano con todos los servicios a excasos metros (centro médico, estación de renfe, polideportivo, parques infantiles, etc.. . )
Zona muy tranquila.


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Comercializa PROMOVAL Ci.
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Refª: PCI_IND_LM595_LE

oficinas en alquiler o venta


En colaboración con nuestros socios, ´innova3arthe´, nos encargamos de la gestión y comercialización del edificio empresarial "ROZAS NOVA", de los arquitectos Bueso-Inchausti & Rein.

PROMOVAL Ci comercializa este interesante producto terciario exclusivo, tanto en alquiler como en venta de un lote de oficinas-despachos profesionales en Las Rozas de Madrid.




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PROMOVAL Ci
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terciario@ci-lasrozas.com
647 955 744



martes, 9 de enero de 2018

si buscas relocation...

PROMOVAL Ci
alquila vivienda alto standing en una de las mejores urbanizaciones de la zona noroeste de Madrid..

En la urbanización Villafranca del Castillo, a pocos pasos del famoso colegio internacional SEK https://elcastillo.sek.es/en/ y a pocos minutos en coche por la M-503 del colegio británico internacional ENDAZE http://www.endazeinternationalschool.com/ se ubica ésta preciosa casa, muy próxima a la entrada principal de la urbanización.
Construida  sobre una parcela llana de 1.762m2, y edificada casi en su totalidad en una sola planta, hace de esta lujosa villa, una vida muy práctica en el "día a día", adornada, con una mezcla de estilos produciendo una armonía única.


lunes, 18 de diciembre de 2017

ITP en alquileres (Comunidad de Madrid)

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), a efectos de la vivienda, se aplica al realizar transmisiones de vivienda usada, mediante compraventa.
También se abona por la constitución de un contrato de arrendamiento y lo debe abonar el arrendatario de la vivienda. Existen dos modalidades de abono:
  • Al adquirir en los estancos el Modelo timbrado de contrato de arrendamiento.
  • Cumplimentando el correspondiente impreso, Modelo 600, de la misma forma que la establecida para la compraventa de vivienda usada. 












fuente: E. Sanz
El Confidencial


ITP y AJD

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) es un tributo que no afecta solamente a la compraventa de viviendas de segunda mano. También está presente en el alquiler de la vivienda. Sin embargo, su pago no corresponde al casero sino al inquilino, ya que la legislación tributaria entiende el hecho de vivir de alquiler como una adquisición onerosa. "Hasta hace unos meses este cargo, que existe desde hace años y cuya reclamación recae en las comunidades autónomas, no se solicitaba. Sin embargo, Madrid, envió el pasado año cartas solicitando su reembolso", señalan desde Uniplaces, el servicio de reserva de alojamiento para estudiantes.
El alquiler de una vivienda está sujeto al pago del ITP, pero es un gasto que corresponde al inquilino
Este impuesto se paga sólo una vez, independientemente de que el alquiler sea por meses o años, y debe hacerse efectivo en los 30 días posteriores a la firma del contrato. El abono puede hacerse con documentos timbrados o con el modelo 600 de la Agencia Tributaria. Para que nos hagamos una idea, para un alquiler de 600 euros, a tres años, el ITP a liquidar sería de unos 85 euros. No obstante, las tarifas dependen de cada Comunidad Autónoma, de ahí que desde Uniplaces recomiendan a los propietarios informarse de la que le corresponde con su administración y advierten de que “este impuesto tiene carácter retroactivo por lo que afecta tanto a contratos pasados como nuevos”. La única excepción son los alquileres para empresas o profesionales que no tienen que pagar el ITP.


Declarar el alquiler en el IRPF

Los ingresos por alquileres deben declararse a Hacienda. Y deben declararse como rendimientos de capital inmobiliario. Para determinar qué cantidad hay que declarar hay que restar a los ingresos obtenidos al año por el alquiler los gastos deducibles. Sobre esta cantidad, en los casos que proceda, se podrán aplicar determinadas reducciones. Por ejemplo, tras las última reforma fiscal, para los alquileres firmados a partir del 1 de enero de 2015, cuando el inquilino utiliza el inmueble como vivienda habitual, el arrendador puede deducirse un 60%. Es decir, solamente tributará por el 40%. "Un importante incentivo para alquilar una casa", señala Nuria Díaz, abogada de Legálitas, quien recuerda cómo con la última reforma fiscal desapareció la bonificación del 100% cuando se alquilaba la vivienda a jóvenes menores de 30 años.
En el caso de que el arrendamiento se realice como actividad económica, las cantidades obtenidas no tienen la consideración de rendimientos del capital inmobiliario, sino de actividades económicas, y deberán declararse en el apartado específico de la renta. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, en este sentido, se entiende que el arrendamiento se realiza como actividad económica cuando en el desarrollo de la actividad exista, al menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa, para el desempeño de dicha gestión.
"De los ingresos, es posible desgravar, con una serie de limitaciones, exclusivamente aquellos gastos necesarios para la obtención de los rendimientos, por ejemplo, gastos de comunidad, intereses de la hipoteca, el IBI, tasas, gastos de reparación y conservación, derramas, seguros vinculados al inmueble o a la hipoteca, gasto por amortización anual, etcétera", señalan desde el despacho Sanahuja Miranda.
Si la vivienda no está arrendada, se imputa en la declaración una renta presunta en la que no se puede deducir ningún gasto. No obstante, puede ocurrir que un propietario tenga, durante el mismo ejercicio, la vivienda alquilada durante unos meses y desocupado otros. "En este caso, Hacienda solo deduce al propietario la parte proporcional de los meses en que está ocupada la vivienda mientras que durante el tiempo desocupado no se puede deducir ningún gasto", señalan desde Uniplaces. "Sin embargo", recuerdan, "una sentencia de noviembre de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña da la razón a un propietario que consideró que aunque no tenía inquilinos, su vivienda estaba ofertada como alquiler por lo que no se imputó la renta presunta prevista para los inmuebles desocupados y, por tanto, se dedujo la totalidad de los gastos".

ITP arrendamientos urbanos (CAM)

 fuente: idealista.com

 

ITP del alquiler: qué es, cuánto vas a pagar y qué rastros va a seguir Hacienda para localizarte

Hemos creado una guía para entender en qué consiste el ITP, si eres uno de los contribuyentes que tendrá que pagarlo, cómo podrás hacerlo y qué mecanismos ha usado Hacienda para localizarte.
El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales se aplica desde los años 90 a los arrendamientos, aunque miles de inquilinos desconocían su existencia hasta que Madrid, Cataluña, Asturias y Andalucía han empezado a exigir su pago.
Los que han declarado a Hacienda su alquiler serán los primeros en recibir el requerimiento del fisco para que liquiden su deuda y los intereses de demora.

lunes, 20 de noviembre de 2017

planos 3D

plano 3d,
diseño gráfico
realizado por Leire Rouco

PROMOVAL Ci
...tenemos elespacio que necesitas...

Se trata de una despacho profesional, oficina tipo loft y dúplex en edificio empresarial "ROZAS NOVA", junto al Polígono Europolis en Las Rozas de Madrid. 






PROMOVAL Ci
Edificio Empresarial "ROZAS NOVA"
C/Castillo de Fuensaldaña 4, despacho 238
Las Rozas de Madrid
28232- Madrid